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El Arbitraje de Consumo
Características de este sistema
Juntas arbitrales de consumo
El colegio arbitral
Distintivo del sistema arbitral de consumo

  Las CARACTERÍSTICAS de este sistema son:
  • RAPIDEZ: porque se tramita en un corto espacio de tiempo. Máximo 4 meses desde que es designado el Colegio Arbitral.
  • EFICACIA: porque se resuelve mediante un laudo sin tener que recurrir a la vía judicial ordinaria, y no existe límite máximo o mínimo de la cuantía reclamada.
  • VOLUNTARIEDAD: porque ambas partes se someten libremente al sistema quedando vinculadas a las resoluciones.
  • EJECUTIVIDAD: porque los laudos (resoluciones arbitrales) son de obligada ejecución, como una sentencia judicial.
  • ECONOMÍA: porque es gratuito para las partes, que sólo en determinados supuestos deben costear la práctica de peritajes.
  • UNIDIRECCIONALIDAD: porque sólo puede ser puesto en marcha a instancias del consumidor y nunca del empresario, aunque a lo largo del proceso, el empresario puede plantear pretensiones que estén directamente vinculadas con la reclamación.
En este sistema intervienen dos tipos de órganos:

Las Juntas Arbitrales: encargados de la administración del arbitraje.

Los Colegios Arbitrales: son quienes conocen de la controversia en cuestión y emiten el laudo. Los Colegios arbitrales se designan para cada caso concreto.


 
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