12/03/10
Una normativa europea limita el consumo de red móvil por itinerancia
Pretende reducir las elevadas facturas que se generan al utilizar servicios de conexión a Internet desde países extranjeros
El pasado 1 de marzo entró en vigor una normativa europea que obliga a las operadoras de móviles a interrumpir el servicio de datos en itinerancia -en su vocablo inglés se conoce como roaming-, cuando se sobrepase un límite de gasto mensual prefijado. Con esta exigencia se pretende proteger a los usuarios de pagar facturas extremas por navegar por Internet, vía móvil u ordenador, cuando se viaja a países miembros de la Unión Europea.
Hasta el 1 de julio de este año, los usuarios de roaming que quieran que se les aplique esta normativa pueden solicitarlo a sus operadoras móviles, pero a partir de esa fecha, si el usuario no ha manifestado ningún límite, se aplicará por defecto el corte de forma inmediata cuando el cliente sobrepase los 50 euros mensuales, previo aviso cuando se alcance el 80% de esa cifra de gasto.
El vocablo roaming o los servicios en itinerancia desde móviles y ordenadores denomina una prestación que utiliza redes con intervención de más de un operador de telefonía: el que le da cobertura en un país extranjero y el que le da cobertura en el país de origen, que es con quien tiene firmado el contrato el usuario.
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