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Los tribunales de justicia

Los tribunales de justicia

Vía Judicial a través de los Tribunales de Justicia ordinarios.

Si un consumidor se considera lesionado en sus derechos o intereses siempre puede acudir a la vía judicial. Si la reclamación no excede de 2.000 €, el consumidor puede presentar una demanda de juicio verbal, no precisando en este caso de la asistencia de Abogado y Procurador. La interposición de la demanda de juicio verbal en reclamación de cantidad cuando la cuantía no supere 2.000€ está exenta del pago de tasas judiciales.
En las reclamaciones de cantidad superiores a 2.000€, es preceptiva la intervención de Abogado y Procurador, así como el pago de tasas judiciales.
Si la reclamación excede de 2.000€, pero no se dispone de medios suficientes para litigar, podrá solicitar derecho a la asistencia jurídica gratuita, en cuyo caso se le nombrarán Abogado y Procurador del Turno de Oficio. Si se le concede el derecho a la asistencia jurídica gratuita, está exento del pago de tasas judiciales.
El Gobierno de España fija anualmente el nivel de ingresos económicos que no se pueden superar para obtener el derecho a la asistencia jurídica gratuita en base al Indicador de Precios Múltiples (IPREM). En el año 2013, no se pueden superar unos ingresos brutos anuales por unidad familiar de 14.910,28 €. Además de los ingresos, han de acreditarse las titularidades de bienes inmuebles, certificados de saldos bancarios, etc.
La solicitud del derecho a la asistencia jurídica gratuita, se tramita en el Servicio de Orientación Jurídica, dependiente del Colegio de Abogados de su localidad.


UCA Aragón - C/ Alfonso I, nº 20, entresuelo C - 50003 Zaragoza - Tel. 976 39 76 02 - Fax 976 39 86 30 - info@ucaragon.com

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