Los tribunales de justicia

Si una persona consumidora y usuaria considera que sus derechos han sido vulnerados siempre puede acudir a la vía judicial. Si la reclamación no excede de 2.000 €, el consumidor puede presentar una demanda de juicio verbal, no precisando en este caso de la asistencia de Abogado y Procurador. La interposición de la demanda de juicio verbal en reclamación de cantidad cuando la cuantía no supere 2.000€ está exenta del pago de tasas judiciales.
En las reclamaciones de cantidad superiores a 2.000€, es preceptiva la intervención de Abogado y Procurador.
Si la reclamación excede de 2.000€, pero no se dispone de medios suficientes para litigar, podrá solicitar derecho a la asistencia jurídica gratuita, en cuyo caso se le nombrarán Abogado y Procurador del Turno de Oficio.

Se reconocerá el derecho de asistencia jurídica gratuita a aquellas personas físicas que careciendo de patrimonio suficiente cuenten con unos recursos e ingresos económicos brutos, computados anualmente por todos los conceptos y por unidad familiar, que no superen determinados umbrales.

La solicitud del derecho a la asistencia jurídica gratuita, se tramita en el Servicio de Orientación Jurídica, dependiente del Colegio de Abogados de su localidad.

Estatutos

Descargar Folleto informativo – Juicio Verbal.pdf

Estatutos

Descargar Modelo Normalizado de Demanda de Juicio Verbal.pdf