• El bono eléctrico de justicia energética se extenderá a 1,5 millones de hogares más, y el bono social ampliará sus descuentos, sobre todo entre consumidores vulnerables severos

  • El Gobierno de España impulsará también un nuevo modelo de factura eléctrica más transparente en el que se podrá consultar, entre otras cosas, el consumo medio de energía en el mismo código postal

El Gobierno de España ha aprobado nuevas medidas para la protección de las personas consumidoras ante la subida del precio de la energía. Estas nuevas ayudas, que buscan también la reducción del consumo de gas natural, incluyen la creación de una tarifa TUR que incluye a las calderas comunitarias de gas.

En el BOE del miércoles día 19 de octubre de 2022 se ha publicado el Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre, por el que se aprueban medidas de refuerzo de la protección de los consumidores de energía y de contribución a la reducción del consumo de gas natural en aplicación del «Plan + seguridad para tu energía (+SE)», así como medidas en materia de retribuciones del personal al servicio del sector público y de protección de las personas trabajadoras agrarias eventuales afectadas por la sequía con el fin de  reforzar la protección de los consumidores de energía y de reducción del consumo de gas natural.

Las medidas van desde el incremento del descuento del bono social eléctrico hasta las deducciones del IRPF para obras que mejoren la eficiencia energética de los hogares. Este nuevo paquete de ayudas incluye la creación de una Tarifa de Último Recurso (TUR) para las calderas  propiedad de la comunidad de propietarios.

Principales medidas

El bono eléctrico de justicia energética se extiende a 1.500.000 hogares más

El Gobierno de España a aprobado también la aplicación de un descuento del 40% sobre la tarifa eléctrica regulada, el Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC), para los hogares trabajadores con bajos ingresos particularmente afectados por la crisis energética. Este bono de justicia energética tendrá carácter temporal y abarcará hasta finales de 2023.

Podrán recibirlo todos los hogares cuya renta se sitúe entre 1,5 y dos veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) de 14 pagas, con los multiplicadores aplicados al bono social convencional.

Con ello, el Gobierno amplía la cobertura frente a la escalada de precios de la electricidad a 1,5 millones de familias adicionales a las ya cubiertas por el bono social normal.

A modo de ejemplo, en 2023 podrán acogerse al nuevo bono de justicia energética un adulto con una renta inferior a 16.800 euros anuales o una familia de cuatro miembros con una renta inferior a 27.720 euros anuales, según se recoge en la siguiente tabla:

Incremento del descuento por bono social

Se incrementan los descuentos del bono social preexistente, de modo que para los consumidores vulnerables pasa del 60% al 65%, mientras que para los consumidores vulnerables severos pasa del 70% al 80%.

Y el volumen de energía anual sujeta al descuento del bono social se incrementa un 15%, hasta los 1.587 kWh en una unidad de convivencia de una o dos personas y hasta los 4.761 kWh en una unidad de cinco o más.

Transparencia en la factura de la luz y el gas

Entre otra información útil para incentivar el consumo responsable de energía, las facturas de luz y gas de hogares y Pymes recogerán el consumo medio de consumidores domésticos y pymes con el mismo código postal y consejos para ahorrar.

En el recibo de la luz se unificará la información facilitada por la compañía eléctrica sobre la aplicación del Mecanismo Ibérico y el de gas recogerá un código QR vinculado a la página del comparador de tarifas de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

Las calderas comunitarias podrán acceder temporalmente a la Tarifa de Último Recurso (TUR)

Para aumentar la protección de los consumidores, se extiende la tarifa regulada de calefacción con gas a todos los hogares del país, con la creación de la nueva Tarifa de Último Recurso (TUR)  para las calderas propiedad de la comunidad de propietarios.

Por ello, se habilita temporalmente a las comunidades de propietarios de viviendas de uso residencial o agrupaciones de comunidades de propietarios de viviendas de uso residencial, con un consumo anual superior a 50.000 kWh, así como a las empresas de servicios energéticos que les presten servicio, a acogerse a la nueva tarifa de último recurso de gas natural, siempre y cuando cumplan las siguientes condiciones:

  • La comunidad deberá estar al corriente del pago de todas las obligaciones económicas contraídas con su actual comercializadora. Se excluyen aquellas cantidades que estén sujetas a reclamación o discrepancia.
  • Las viviendas deberán disponer a 30 de septiembre de 2023 de contadores individuales de calefacción o repartidores de costes (siempre que las instalaciones térmicas no se encuentren eximidas de esta obligación por inviabilidad técnica en los términos establecidos en el punto a) del anexo I del Real Decreto 736/2020, de 4 de agosto, por el que se regula la contabilización de consumos individuales en instalaciones térmicas de edificios). Además, deberán aplicar un coste unitario calculado en base a la tarifa aplicada para el agua caliente sanitaria y de calefacción a partir del momento en que dispongan de dichos contadores individuales o repartidores de coste.
  • Deberán haber realizado en plazo la inspección de eficiencia energética con resultado positivo, conforme el artículo 31 del Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios.

La tarifa especial para las calderas comunitarias estará en vigor, en principio, hasta el 31 de diciembre de 2023

A las comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios que hubiesen solicitado la tarifa de último recurso se le aplicará un 25% en el término variable de su consumo desde el momento en que la comunidad de propietarios se acogió a la TUR, siempre y cuando:

  • no se encuentren en una situación de inviabilidad técnica debidamente acreditada,
  • no hubiesen remitido a la Comercializadora de Último Recurso, antes del 1 de octubre de 2023, certificado de instalación por parte del instalador de los contadores individuales de calefacción/repartidores de coste.

Prorrogadas las deducciones en el IRPF por obras para mejorar la eficiencia energética de las viviendas

Se ha aprobado la prorrogará de un año más para las deducciones existentes que se aplican en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas.

Entre esas medidas, se contemplan en la norma aprobadas varias de índole fiscal, vinculadas a la mejora de la eficiencia energética.

Una de ellas se centra en ampliar hasta finales de 2023 la aplicación de la deducción prevista en el IRPF por obras para mejorar la eficiencia energética de la vivienda habitual de manera individual. La ampliación de la deducción se extiende hasta finales de 2024 en el caso de obras de rehabilitación energética realizadas en edificios de uso residencial.

De esta forma, se dispondrá de un mayor plazo para poder acometer tales obras de mejora de eficiencia energética.

 
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