• Obtener la Tarjeta Sanitaria Europea y tener al día la documentación necesaria, son parte de los consejos que desde la Unión de Consumidores de Aragón lanzamos para aquellas personas que vayan a viajar al extranjero en este periodo estival

  • A la hora de viajar al extranjero no debemos olvidar consultar las restricciones que en otros países existen para la movilidad con relación a la COVID 19 y la vacunación

La comprobación de la documentación necesaria o la suscripción de seguros apropiados son parte de las recomendaciones que desde UCARAGÓN lanzamos para aquellos que quieran viajar al extranjero en sus vacaciones estivales. Además, queremos recordar la importancia de comprobar cuáles son los requisitos de entrada que los diferentes países tienen en relación con la COVID 19 y la vacunación.

Durante este verano de 2022 se prevé alcanzar cifras parecidas a las anteriores a la pandemia en cuanto a movilidad vacacional. Por eso desde UCARAGÓN queremos recordar que, si vas a realizar un viaje al extranjero, tengas en cuenta que la pandemia de la COVID-19 sigue presente en nuestras vidas: todo viajero debe contar con la posibilidad de verse afectado en el extranjero por restricciones de cualquier tipo que impidan o alteren su libertad de movimiento.

Por ello, debe estar informado en todo momento, de viajar con prudencia y de cumplir con las recomendaciones y posibles restricciones que puedan dictar las autoridades sanitarias competentes de los diferentes países.

En el siguiente enlace del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación se pueden consultar la información, recomendaciones y restricciones de los diferentes países, seleccionando para ello el país de destino.

Recomendaciones generales para viajar al extranjero

Información sobre COVID 19

 

Documentación y menores de edad

  • Documentación necesaria (DNI, pasaporte, visados, carnet internacional de conducir, menores de edad….) Comprobar que la documentación está en vigor para evitar problemas de última hora.
  • Al viajar con menores de edad, o si los menores viajan solos, los agentes de fronteras tienen potestad para realizar una inspección minuciosa de los documentos y justificantes de viaje, a fin de asegurarse de que los menores no abandonan el territorio español contra la voluntad de las personas que ejercen su patria potestad o tutela. También pueden solicitar documentación que acredite la patria potestad o tutela del/los acompañantes o de los que suscriben la autorización del viaje del menor con una persona adulta. Además, si el menor va acompañado sólo por uno de sus progenitores, se puede solicitar también autorización expresa del progenitor ausente o efectuar una investigación más pormenorizada si sospecha que se ha podido privar ilícitamente de la custodia del menor a quien la ejerza. Ver autorización para viajes de menores al extranjero.

Aplicación del ministerio y teléfonos

  • Descárgate la App del Registro de Viajeros del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, que  proporciona a los usuarios información general sobre otros países, sus condiciones socio-políticas, riesgos de seguridad y condiciones de viaje.
    Además, facilita que los ciudadanos españoles en sus viajes al extranjero incorporen, de forma voluntaria, datos personales y relacionados con su viaje, necesarios para que la Unidad de Emergencia Consular planifique, en caso de necesidad, operaciones de emergencia y rescate con mayor rapidez y precisión. Está disponible en Google Play y Apple Store.
  • Consultar los teléfonos de emergencia consular que están disponibles para situaciones excepcionales de necesidad y emergencia.

Asistencia sanitaria en el extranjero

  • No debemos olvidar la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE), la cual  permite que, en caso de enfermedad o accidente, los titulares y los beneficiarios de la asistencia sanitaria española de la Seguridad Social pueden exportar este derecho en los desplazamientos temporales realizados a países de la Unión Europea; a países del Espacio Económico Europeo; a Suiza y a otros estados con los que España tiene suscrito un convenio bilateral en esta materia.

Tarjeta Sanitaria Europea

  • El contenido de la asistencia es el establecido por la legislación vigente en el país de desplazamiento, en las mismas condiciones que para sus propios asegurados. Esto implica, en algunos casos, el abono de un porcentaje sobre el importe de la prestación con cargo al paciente. La asistencia médica se presta únicamente por instituciones oficiales o médicos pertenecientes a la red oficial de la seguridad social del país de desplazamiento. Si, en caso de urgencia vital, es asistido en un centro privado, el afectado debe abonar los gastos y, al regresar a España, solicitar el reintegro de los mismos, siempre hasta el límite de las prestaciones sanitarias incluidas en el régimen de la seguridad social del país de desplazamiento. Los mutualistas de MUFACE, MUGEJU e ISFAS deben solicitarla a través de su respectiva Mutualidad.

muface

  • Si nos vamos a desplazar a otro país en el que no tenemos cobertura con la tarjeta sanitaria europea, es recomendable suscribir un seguro de asistencia sanitaria. De esta manera podrá hacer frente a situaciones de enfermedad, accidente que requieran asistencia médica, ingreso hospitalario o evacuación en avión medicalizado. Informarse previamente de las coberturas generales, así como de las opcionales.

Seguro de decesos, de viaje y de asistencia sanitaria en el extranjero

  • Si tenemos suscrito un seguro de decesos, conviene informarnos si tenemos alguna cobertura complementaria de accidentes, asistencia en viaje, repatriación , etc…
  • El seguro de viaje no es lo mismo que un seguro médico de asistencia sanitaria en el extranjero. El seguro de viaje nos cubre ante cualquier incidencia que pueda darse durante nuestro desplazamiento al extranjero: cancelaciones de viajes, de vuelos o pérdidas de equipajes, pérdidas de vuelos o conexiones, y emergencias que puedan sobrevenir durante la estancia momentánea fuera de nuestro país. Por ello, conviene informarse bien de las coberturas antes de su suscripción.
  • Antes de suscribir el seguro, de asistencia médica o bien de viaje. Es preciso tener la información previa de las coberturas generales, y las opcionales que podemos contratar, así como el coste de uno y otro seguro.
 
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