Con la llegada del mes de septiembre y el inicio del curso académico, son muchos los estudiantes, profesores y trabajadores que necesitan alquilar una vivienda, lo que se convierte en una ardua tarea.

Este curso, con la incertidumbre de la evolución de la crisis sanitaria derivada del COVID-19, aún se complica más la decisión a la hora de alquilar una vivienda, teniendo en cuenta la situación vivida desde la declaración del estado de alarma el pasado mes de marzo y la suspensión de las clases presenciales.

Desde la Unión de Consumidores de Aragón recomendamos que, en la redacción de contratos de alquiler destinados a estudiantes y profesores, se incluya una cláusula que regule la posibilidad de desistir del contrato sin penalización alguna para el caso de que pueda decretarse un nuevo estado de alarma o se proceda a la suspensión de las clases presenciales y se impartan las clases online.

La inclusión de dicha cláusula también sería ventajosa para el arrendador, ya que podría volver a poner en el mercado de alquiler una vivienda que se encuentra vacía.

Recomendaciones básicas para evitar fraudes

  • No pague ninguna señal por adelantado hasta que vea la vivienda, y exija un justificante de pago.
  • Compruebe en el Registro de la Propiedad que el dueño del inmueble es quien dice ser.
  • Tómese su tiempo, busque despacio y elija bien las páginas de internet.
  • Compare precios entre pisos similares.
  • Utilice el sentido común y sospeche de los pisos perfectos con un precio de ganga.
  • Evite las páginas de internet o anuncios que sólo facilitan como dato de contacto un teléfono móvil o una dirección de correo electrónico.
  • Elija las que tengan una dirección física y haga las comprobaciones pertinentes hasta donde sea posible.
  • No realice pagos en efectivo.
  • Si Vd. acude a una agencia inmobiliaria, asegúrese que no le están ofertando la venta de un listado de pisos de alquiler. Hay empresas que cobran un importe por vender un listado de pisos de alquiler, que normalmente no está actualizado, y no garantizan que se consiga el piso deseado. Simplemente venden un listado de pisos. Se ha detectado que, en muchos casos, elaboran ese listado con los carteles que figuran en los portales de las viviendas. El precio por la venta de estos listados ronda los 250-300 €.
  • Si alquila directamente a un particular, asegúrese de que es el propietario de la vivienda o que tiene un poder notarial para alquilarla.

Si alquila a través de una agencia inmobiliaria, pregunte previamente por el importe de sus honorarios profesionales por efectuar la gestión, y si esos gastos van a ser sufragados por el arrendador.

Recomendaciones para la firma del contrato de alquiler

  • Recuerde que antes de firmar un contrato, puede pedir un borrador al propietario para su estudio antes de la firma.
  • Aunque esté de acuerdo con el borrador que le han facilitado, no firme el contrato sin haberlo leído previamente, para comprobar que las condiciones son las mismas.
  • Pregunte si los gastos de comunidad están incluidos en el precio del alquiler.
  • Pregunte si los suministros de agua, luz y gas están dados de alta.
  • Si el contrato de arrendamiento dispone de muebles, es necesario que en el contrato figure un inventario con los muebles, y se recomienda adjuntar en el contrato fotos del inmueble con el mobiliario que recibe.
  • El importe de la fianza es de un mes de renta, ya sea la vivienda con o sin muebles.
  • El arrendador para asegurarse la solvencia del inquilino puede, adicionalmente a la fianza, exigir aval bancario o firma de persona avalista. Dicha fianza o garantía adicional no puede ser superior a dos mensualidades de renta.
  • En caso de ser estudiante y/o profesor que alquila la vivienda para el curso académico, solicite la inclusión de una “cláusula COVID” que regule la posibilidad de desistir del contrato sin penalización alguna, para el caso de que pueda decretarse un nuevo estado de alarma o se proceda a la suspensión de las clases presenciales y se impartan las clases online.

 

Ante cualquier duda sobre la normativa de arrendamientos urbanos, no dude en ponerse en contacto con UCARAGÓN para que el equipo de la asesoría jurídica le informe sobre la misma.

En nuestra página web www.ucaragon.com puede consultar las novedades en materia de alquiler vigentes desde el día 6 de marzo de 2019, que han modificado algunos aspectos importantes de la Ley de Arrendamientos Urbanos.

En nuestro canal de Youtube tenemos un vídeo con consejos a la hora de arrendar una vivienda https://www.youtube.com/watch?v=9-nrMfBX36E

 

 

No pagar ningún importe sin estar seguro de querer alquilar esa vivienda concreta.

 

 

 
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