Comisiones de Ibercaja

La UNIÓN DE CONSUMIDORES DE ARAGÓN – UCARAGÓN ha recibido quejas por parte de sus asociados.

Clientes de IBERCAJA BANCO, S.A., han recibido una comunicación en la que les anuncian que a partir del 15 de marzo de 2019 van a facturar una nueva comisión de 2€ por la emisión de cada nueva libreta que sea entregada como soporte de las respectivas cuentas.

Desde la asociación, trasladamos el descontento de nuestros asociados a la entidad solicitando que no repercutiera esta comisión a los clientes. La entidad respondió que la supresión de papel y de soportes físicos de información está ligada a criterios de ahorro de costes y a contribución a la eficiencia energética y mejora del medioambiente.

Desde UCARAGÓN no compartimos la respuesta recibida, entendemos que solo pueden percibirse comisiones o repercutirse gastos por servicios solicitados en firme o aceptados expresamente por un cliente, y siempre que respondan a servicios efectivamente prestados o a gastos habidos (art. 3 de la Orden EHA/2899/2011).

El servicio por el que IBERCAJA BANCO, S.A., pretende comenzar a cobrar, no es un servicio nuevo, ni un servicio cuyo coste haya aumentado, ni que suponga gastos adicionales a los que anteriormente había. Entendemos que IBERCAJA BANCO, S.A., ya venía cobrando la prestación de este servicio a través de la comisión de mantenimiento de la cuenta corriente.

El Servicio de Reclamaciones del Banco de España, tal y como expone en la Memoria de Reclamaciones del año 2017, también entiende que “La comisión de mantenimiento de cuenta remunera el servicio prestado e incluye una serie de operaciones que podemos calificar como «servicio de caja básico» y que, en la mayor parte de las entidades, incluye los ingresos y los reintegros en efectivo o las disposiciones mediante cheque, adeudos e ingresos que se derivan de las liquidaciones periódicas de la propia cuenta y la entrega de los medios de disponibilidad habitual del depósito (talonarios de cheques o libretas), así como otros servicios o apuntes, tales como la custodia del dinero, el mantenimiento de los registros necesarios para el funcionamiento del depósito o el derecho a ordenar cargos y abonos en cuenta.”

Por todo ello, solicitamos a IBERCAJA BANCO, S.A., que no repercuta esta comisión a sus clientes.

 
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