• El objeto es facilitar la emancipación de las personas jóvenes en la ciudad de Zaragoza mediante una ayuda para el alquiler de la vivienda 
  • Se podrá presentar solicitud la solicitud desde el 21 de agosto hasta el 20 de octubre de 2026

El Ayuntamiento de Zaragoza ha lanzado una nueva convocatoria de ayudas destinadas a facilitar la emancipación de las personas jóvenes en la ciudad, mediante el apoyo económico al alquiler de vivienda. Esta iniciativa busca promover la autonomía residencial juvenil y favorecer su acceso a una vivienda digna en régimen de alquiler.

La convocatoria fue publicada el pasado 20 de agosto en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza, bajo el título: BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS A LA EMANCIPACIÓN JOVEN AÑO 2026

Las solicitudes podrán presentarse desde el 21 de agosto hasta el 20 de octubre de 2026, y deben realizarse OBLIGATORIAMENTE POR MEDIOS ELECTRÓNICOS.

La cuantía de la ayuda de Emancipación Joven será hasta un máximo de:

  • 3.300 € para jóvenes cuyos ingresos anuales estén comprendidos entre 8.400 € (1 IPREM) y 18.900 € (2,25 IPREM), no pudiendo sobrepasar la ayuda el importe del coste individual del alquiler justificable.
  • 2.200 € para jóvenes cuyos ingresos anuales estén comprendidos entre 18.901 € (2,25 IPREM) y 27.300 € (3,25 IPREM), no pudiendo sobrepasar la ayuda el importe del coste individual del alquiler justificable.

Requisitos principales para solicitar la ayuda:

Podrán beneficiarse de esta ayuda las personas que cumplan, entre otros, los siguientes requisitos:

  1. Tener entre 18 y 30 años, incluidas las edades de 18 y 30 años, en el momento de solicitar la ayuda.
  2. Estar empadronadas en la vivienda objeto de la subvención.
  3. Ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda (individual o compartida) para la que se solicita la subvención, o en su caso, estar incluido en el anexo de un contrato de alquiler de vivienda, aunque no se sea titular del mismo, para la que se solicita la subvención, estando éste firmado por todos los intervinientes. No se admiten contratos de subarriendo ni arriendo de habitaciones.
  4. Tener su residencia habitual y permanente en la vivienda objeto de la subvención.
  5. Disponer, al menos, de una fuente de ingresos que le reporte unas rentas anuales no inferiores a 1 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) referido a 14 pagas 8.400 € anuales) ni superiores a 3,25 veces el IPREM referido a 14 pagas (27.300 € anuales), vigente a fecha de aprobación de las bases en el año 2026.
  6. El coste del alquiler de la vivienda no podrá superar los 950 €/mes. En el caso de viviendas compartidas se podrá superar este límite siempre que la aportación que cada persona hace de forma individual no supere los 475 €/mes. Se entenderá por vivienda compartida aquella en cuyo contrato de alquiler figure más de un titular como parte arrendataria.
  7. Estar al corriente de pago con el Ayuntamiento de Zaragoza, Seguridad Social, Agencia Estatal Tributaria y Gobierno de Aragón.
  8. Existen otros requisitos que se pueden consultar en las Bases de Subvenciones.

Dicha ayuda se solicita de forma individual. Si en el contrato de alquiler figura como titular más de una persona, podría solicitarla cada una de ellas si cumple los requisitos.

Todos los detalles, requisitos,  formularios  y acceso al trámite están disponibles en el portal habilitado por el Ayuntamiento de Zaragoza.

Para más información, se puede contactar con:

Vivienda Joven

 
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