- Las ayudas están dirigidas a la sustitución de equipos por aquellos que sean más eficientes energéticamente, o que sean menos contaminantes
- El plazo para solicitar la ayuda comienza el 1 de julio de 2025 y se prolongará durante tres meses, salvo que el crédito presupuestario se agote con anterioridad a ese plazo
En el BOA de hoy se publica la convocatoria para la concesión de subvenciones en materia de ahorro y uso eficiente de la energía a través de la puesta en marcha del Plan Renove Aragón 2025, de aparatos electrodomésticos y equipos productores de calor, frío.
La presente convocatoria permite promover la sustitución de diferentes aparatos e instalaciones con baja eficiencia energética por otros de alta eficiencia energética y menos contaminantes, pero también estimula la actividad productiva orientada a la producción de dichos aparatos y equipos, al tiempo que impulsa la actividad comercial y la actividad de las empresas instaladoras.
Plazo para solicitar las ayudas
Desde el 1 de julio de 2025 (día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Aragón de la Orden de Convocatoria) y finalizará en el momento en que se produzca el agotamiento de las disponibilidades presupuestarias existentes destinadas al efecto y, en todo caso, hasta el día que se cumplan tres meses desde el inicio de la convocatoria.
Se considera susceptible de ayuda la adquisición de aparatos y equipos nuevos, con las categorías que se indican a continuación, y que sustituyan a otros menos eficientes o más contaminantes:
La sustitución de electrodomésticos por otros nuevos de alta eficiencia energética con las siguientes prestaciones mínimas y cuantías:
- Frigorífico, frigorífico-congelador A o B = 150€
- Frigorífico, frigorífico-congelador C o D = 125€
- Congelador A o B = 100€
- Congelador C o D = 85€
- Lavadora A o B =150€
- Lavadora C =125€
- Lavavajillas A o B =145€
- Lavavajillas C o D =125€
- Horno clase energética A+ = 85€
- Encimera de inducción = 105€
La cuantía de la ayuda en ningún caso podrá ser superior al 25% del coste del equipo (IVA no incluido). Asimismo, el importe de la subvención, en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de adquisición del aparato.
Aparatos de aire acondicionado individuales con clasificación energética A + o superior en refrigeración y al menos A en calefacción, que requieran instalación y que trabajen en modo frio o en modo frío/calor que requieran instalación y que trabajen en modo frío o en modo frío/calor con una potencia térmica nominal en refrigeración inferior o igual a 12 kW.
- Potencia frigorífica (Pf) nominal inferior a 5KW = 150€
- Potencia frigorífica (Pf) nominal igual o superior a 5KW y menor de 10KW= 200€
- Potencia frigorífica (Pf) nominal igual o superior a 10KW y menor de 12KW= 250€
La cuantía de la ayuda en ningún caso podrá ser superior al 25% del coste del equipo (IVA no incluido). Asimismo, el importe de la subvención, en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de adquisición del aparato.
Solo para la sustitución de aparatos
Sólo podrá ser objeto de ayuda, la adquisición de un aparato o equipo de cada tipo indicado que sustituya a otro con menor eficiencia energética y/o más contaminante y además cuando el lugar de recogida del aparato o equipo a sustituir y el lugar de entrega/ instalación del aparato o equipo nuevo se ubique en la Comunidad Autónoma de Aragón.
El aparato sustituido, no podrá ser reutilizado y deberá ser gestionado como residuo.
La venta de los aparatos o equipos que requieran instalación deberá incluirla de modo que, si no se realiza efectivamente su instalación dentro del periodo indicado en el párrafo anterior, no podrá acogerse a las ayudas del “Plan Renove Aragón 2025”.
Los beneficiarios recibirán la ayuda mediante la aplicación del correspondiente descuento en el precio de compra.
No podrán obtener la condición de beneficiario quienes no se hallen al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda del Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y frente a la Seguridad Social, así como quienes tengan alguna deuda pendiente de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón.
Justificante del pago realizado por el adquirente.
En el caso de realizar pagos en efectivo, se deberá tener en cuenta que el importe máximo de esta modalidad deberá ser inferior a 1.000 euros o a la cantidad que pudiera resultar en actualizaciones oficiales que se pudieran producir, de acuerdo con la legislación de lucha contra el fraude fiscal.
Para los expedientes en los que el importe de la inversión realizada sea 1.000 € o superior, se exigirá el pago documentado por los medios propios del tráfico comercial, justificante de transferencia, crédito rápido, pago con tarjeta crédito mediante clave, contactless, etc.
En todo caso será necesario que los documentos de pago contemplen los datos del pagador que deberán coincidir con el beneficiario.
Más información en PLAN RENOVE ARAGÓN 2025