• La medida supone, por un lado, una actualización a la situación actual del Código de Buenas Prácticas aprobado en 2012 y, por otro, la creación de un nuevo Código de Buenas Prácticas dirigido a deudores en riesgo de vulnerabilidad por la subida de tipos de interés

  • El Banco de España elaborará por su parte una guía de herramientas para el deudor hipotecario en dificultades de pago, así como unos simuladores gracias a los cuáles los consumidores podrán saber si cumplen requisitos para acceder a las medidas de los Códigos de Buenas Prácticas

El Consejo de Ministros ha aprobado un paquete de medidas dirigidas a aliviar la carga hipotecaria en más de un millón de hogares vulnerables en España. Unas medidas necesarias para familias que, como consecuencia de la subida de tipos de interés, llegan a niveles de esfuerzo hipotecario excesivos que les obligan a reducir gastos de primera necesidad y ponen en peligro el pago de sus hipotecas.

Tras su aprobación en el Consejo de Ministros, se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 19/2022, de 22 de noviembre, por el que se establece un Código de Buenas Prácticas para aliviar la subida de los tipos de interés en préstamos hipotecarios sobre vivienda habitual, se modifica el Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, y se adoptan otras medidas estructurales para la mejora del mercado de préstamos hipotecarios.

Además, el Consejo de Ministros ha aprobado el acuerdo por el que se aprueba el Código de Buenas Prácticas para deudores hipotecarios en riesgo de vulnerabilidad, al que las entidades bancarias podrán adherirse voluntariamente.

Alivio de la carga hipotecaria de un millón de familias

Este paquete de medidas tiene como objetivo aliviar la carga hipotecaria a más de un millón de hogares vulnerables o en riesgo de vulnerabilidad por el incremento del Euribor. De esta forma, se busca preservar la estabilidad financiera de estas familias.

La ampliación del catálogo de medidas a las que pueden acceder los hogares les permitirá disponer de más opciones para reducir su carga hipotecaria de forma efectiva. De esta forma, podrán tener más certidumbre en su nivel de gasto a medio y largo plazo, y así elegir la medida que mejor se ajuste a sus necesidades y situación financiera.

De forma específica, se actúa en tres vías:

  • Mejora del tratamiento de las familias vulnerables, con la apertura de un nuevo marco de actuación temporal para familias en riesgo de vulnerabilidad por la subida de tipos.
  • Adopción de mejoras para facilitar la amortización anticipada de los créditos.
  • Conversión de las hipotecas a tipo fijo.

Ampliación y refuerzo del Código de Buenas Prácticas para familias vulnerables creado en 2012

La nueva norma recoge medidas que mejoran el actual Código de Buenas Prácticas para deudores hipotecarios vulnerables, aprobado en 2012 para paliar las consecuencias de la crisis económica de 2008. La reforma de este código busca adaptarlo a la situación económica en la que vivimos.

Según estas medidas, los deudores vulnerables:

  • Podrán reestructurar el préstamo hipotecario con un tipo de interés más bajo durante la carencia del principal de 5 años (Euribor – 0,1% frente al Euribor + 0,25% actual).
  • Asimismo, se amplía a 2 años el plazo para solicitar la dación en pago de la vivienda y se contempla la posibilidad de una segunda reestructuración, en caso necesario.
  • Con el objetivo de ampliar el ámbito de actuación, se permite que los hogares con renta inferior a 25.200 euros al año (tres veces el IPREM) que dediquen más del 50% de su renta mensual al pago de la hipoteca, pero no cumplan el criterio actual del incremento de un 50% del esfuerzo hipotecario, puedan acogerse al Código con una carencia de 2 años, un tipo de interés menor durante la carencia y un alargamiento del plazo de hasta 7 años.

Esta medida es necesaria para familias que, como consecuencia de la subida de tipos de interés, lleguen a niveles de esfuerzo hipotecario excesivos que les obliguen a reducir gastos de primera necesidad y pongan en peligro el pago de la hipoteca.

Creación de un segundo Código de Buenas Prácticas para deudores en riesgo de vulnerabilidad por la subida de tipos de interés

Asimismo, se propone la creación de un nuevo código que proporcione alivio a los deudores de clase media en riesgo de vulnerabilidad por el incremento de la cuota hipotecaria. El objetivo de este código es facilitar a las familias una adaptación más gradual al nuevo entorno de tipos de interés.

Las entidades o personas físicas que tuvieran en su cartera préstamos hipotecarios sobre vivienda de personas físicas, contarán con el plazo máximo de cuatro semanas para comunicar por escrito su adhesión al Código de Buenas Prácticas. Aquellas entidades o prestamistas que inicien su actividad con posterioridad al plazo de cuatro semanas, podrán solicitar su adhesión hasta la finalización de la vigencia del Código de Buenas Prácticas (31 de diciembre de 2024).

Podrán beneficiarse de estas medidas los hogares con:

  • Renta inferior a tres veces y media el IPREM (29.400 euros anuales).
  • Hipotecas suscritas hasta el 31 de diciembre de 2022.
  • Una carga hipotecaria superior al 30% de su renta y que haya subido al menos el 20%.

Para todos estos casos, las entidades financieras deberán ofrecer:

  • La posibilidad de congelación durante 12 meses de la cuota
  • Un tipo de interés menor sobre el principal aplazado
  • Un alargamiento del plazo del préstamo de hasta 7 años.

Medidas complementarias

Por último, se reducirán aún más los gastos y comisiones para facilitar el cambio de tipo variable a tipo fijo. También se eliminarán durante todo 2023 las comisiones por amortización anticipada y cambio de hipoteca de tipo variable a fijo. Se incluirán, asimismo, medidas para la promoción de la educación financiera y se reforzará el seguimiento de la aplicación de ambos códigos.

Los dos Códigos de Buenas Prácticas serán de adhesión voluntaria por parte de las entidades financieras y de obligado cumplimiento una vez suscritos. Las entidades bancarias deberán garantizar la protección de este catálogo de medidas en caso de transmisión del crédito a un tercero.

El objetivo es que el conjunto de medidas adoptado esté disponible a partir del 1 de enero de 2023.

Guía del Banco de España

Asimismo, el Banco de España elaborará y mantendrá actualizada una «Guía de herramientas para el deudor hipotecario en dificultades de pago» en términos adaptados y comprensibles.

La Guía estará disponible, antes de la finalización del primer trimestre de 2023, en el sitio web del Banco de España, en el del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, así como en el de los prestamistas inmobiliarios a que se refiere el artículo 2 de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario.

El Banco de España desarrollará y pondrá a disposición del público en el sitio web destinado a la información para el cliente bancario sendos simuladores para informar a los ciudadanos sobre las posibilidades de ser elegibles para acceder a las medidas del Código de Buenas Prácticas establecido en el Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, y el que se crea en el presente real decreto-ley, así como el impacto de las medidas propuestas sobre las condiciones de su préstamo hipotecario, antes de la finalización del primer trimestre de 2023.

 
HÁZTE SOCIO/A
en este enlace:
https://www.ucaragon.com/producto/cuota-socio/
Llámanos al 976 39 76 02 (Zaragoza y Huesca)
o al 628 824 443 (Teruel)
y despejaremos todas tus dudas