Desde el 7 de octubre de 2018 están prohibidas por ley las visitas a domicilio de los comerciales de energía. No obstante, es posible que nos llamen por teléfono y concierten una visita en nuestro domicilio.

También es posible que nos ofrecezcan realizar una contratación telefónica. Nuestra recomendación en estos casos es desconfiar y no dar ningún dato a través del teléfono, ni nuestro NIF ni mucho menos la cuenta corriente y tampoco datos de nuestra factura.

De todos modos, si ya hemos cambiado de compañía, ya sea por teléfono o con un comercial en nuestro domicilio, y nos arrepentimos, recordemos que disponemos de 14 días desde la fecha del contrato para ejercer el derecho de desistimiento.

Si el empresario no facilitase la información sobre el derecho de desistimiento, el periodo de desistimiento finalizará doce meses después de la expiración del periodo de desistimiento inicial.

El desistimiento se realizará en el impreso que facilite el empresario junto con el contrato, o por cualquier otra declaración inequívoca en la que conste la decisión del consumidor de desistir del contrato.

El documento de desistimiento ha de enviarse antes de que finalice el plazo. Se recomienda enviar el documento de desistimiento del contrato de manera fehaciente, con el fin de tener constancia de haberlo enviado (envío por burofax con certificación de texto y acuse de recibo).

 
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