• Desde el 1 de enero solo se pueden entregar bolsas de plástico en comercio si son compostables o recicladas

  • El uso del carro de la compra o de la tradicional bolsa de tela, varias de las alternativas

La entrega en comercio de bolsas de plástico de forma gratuita está prohibida salvo si son compostables o recicladas, según la normativa que entró en vigor en enero de 2021. El uso del carro de la compra o la bolsa de tela son alternativas al uso de bolsas plásticas.

Las bolsas de plástico tardan cientos de años en degradarse, perjudicando gravemente el medio ambiente.

La mayoría de ellas acaban en los mares y océanos, por lo que tienen un efecto devastador en la fauna y flora marina, ya que muchas especies marinas no saben distinguirlas de sus presas habituales. Las tortugas las confunden con medusas.

Desde el 1 de julio de 2018 está prohibida su entrega gratuita a los consumidores en los puntos de venta de bienes o productos. Los comerciantes deben cobrar un precio por cada una que entreguen, a excepción de las muy ligeras que se utilizan para los productos a granel como fruta, legumbre, carne, pescado, entre otros, cuando su uso contribuye a prevenir el desperdicio de estos alimentos.

El comerciante debe informar a los consumidores de los precios establecidos, exponiéndolos al público en un lugar visible. También deben incluir una referencia al cumplimiento del artículo 4.1 del Real Decreto 293/2018, de 18 de mayo, sobre reducción del consumo de bolsas de plástico y por el que se crea el registro de Productores.

Desde el 1 de enero, compostables o recicladas

Desde el 1 de enero de 2021, se prohíbe la entrega de bolsas de plástico ligeras y muy ligeras al consumidor en los puntos de venta de bienes o productos, excepto si son de plástico compostable. Los comerciantes podrán también optar por otros formatos de envase para sustituirlas.

La normativa se concreta de esta forma:

  • Las bolsas de plástico ligeras y muy ligeras deben ser compostables. Están exceptuadas de su cobro únicamente las de plástico compostable muy ligeras (de menos de 15 micras de espesor) que son necesarias por razones de higiene, o que se suministran como envase primario para alimentos a granel. Las bolsas de plástico compostable ligeras (15-50 micras), deben cobrarse desde el 1 de julio de 2018.
  • Las bolsas de un espesor igual o superior a las 50 micras entregadas a los consumidores deben contener un porcentaje mínimo de 50% de plástico reciclado.
  • Deben cobrarse las bolsas de espesor igual o superior a 50 micras con contenido igual o superior a 50% de plástico reciclado, pero inferior al 70%, pudiendo dispensarse gratuitamente las que tengan un porcentaje igual o superior al 70% de plástico reciclado.
  • Están prohibidas todas las bolsas de plástico fragmentable, independientemente de cuál sea su espesor.

Consejos para reducir su consumo

  • Al ir a la compra, llevar bolsas de tela o de material vegetal, como hace unas décadas, y hacer un mayor uso del carro de la compra.
  • Reutilizar todas las bolsas de plástico que almacenamos en casa para la eliminación de residuos.
  • Utilizar recipientes de vidrio o de acero inoxidable para guardar y transportar alimentos en lugar de bolsas de plástico, papel film o recipientes de plástico.
  • Evitar los envases desechables en los alimentos del supermercado.
  • Priorizar la compra de productos a granel.
 
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